El gobierno de Javier Milei oficializó una resolución que autoriza la compra y posesión de fusiles semiautomáticos dentro de la categoría de uso civil condicional, levantando así una prohibición que regía desde hace años en el país. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y coloca bajo la órbita directa del Registro Nacional de Armas (Renar), organismo dependiente del Ministerio de Seguridad, el control del sistema de permisos y fiscalización.

Con esta modificación, los legítimos usuarios y las entidades de tiro podrán adquirir y mantener armas semiautomáticas con cargadores desmontables, como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares, de calibre superior al .22 LR. La decisión reemplaza el veto anterior por un esquema de autorizaciones más estrictas, con foco en la trazabilidad, el almacenamiento seguro y la justificación deportiva del uso del arma.

Los requisitos para obtener la autorización

Según la resolución publicada, los interesados deberán cumplir con una serie de condiciones obligatorias:

  • Identificación precisa del arma: tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.

  • Sector de guarda registrado tipo G2: obligatorio contar con un espacio de almacenamiento seguro aprobado.

  • Declaración jurada: justificar la petición, acompañada de documentación probatoria y fotos del arma.

  • Pago de tasas: abonar los costos del trámite, similares a los de la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).

  • Usos deportivos comprobables: presentar al menos una de las siguientes acreditaciones:

  • No tener antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes ante el Renar.

  • Antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.

  • Elementos probatorios adicionales: el Renar podrá requerir documentación extra para evaluar la pertinencia de la solicitud.

La medida forma parte de una reestructuración institucional, mediante la cual la Agencia Nacional de Materiales Controlados recupera su antigua denominación de Registro Nacional de Armas y pasa a depender directamente del Ministerio de Seguridad.

Desde ahora, el Renar será el único organismo encargado de aplicar, controlar y fiscalizar la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429, dejando sin efecto disposiciones anteriores (81/02, 54/04, 155/04 y 239/09).

Con esta resolución, el Gobierno busca modernizar el sistema de control y registro, reemplazando la prohibición previa por un modelo de permisos más detallado. Sin embargo, la medida también reaviva el debate sobre la tenencia civil de armas de alto poder y el alcance de las políticas de seguridad en el país.