A partir del 1° de julio, los usuarios de Santa Fe que utilicen servicios digitales como Netflix, Spotify o Uber deberán afrontar un nuevo recargo: la provincia comenzará a aplicar percepciones del impuesto a los Ingresos Brutos. Esta medida impactará directamente en el precio final que pagan los consumidores, con aumentos que rondarán entre los 100 y 400 pesos según la plataforma y el plan elegido.
El nuevo esquema se ejecutará a través de los denominados agentes de percepción, es decir, las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito. Al momento de pagar una suscripción digital, estas entidades aplicarán automáticamente un recargo del 3% para servicios de streaming como Netflix, YouTube o Spotify, y del 4,5% para aplicaciones de movilidad y delivery internacionales como Uber. La base del cálculo será el valor total de la transacción, sin incluir el IVA.
No todas las plataformas se verán alcanzadas por esta medida. Solo aplica a aquellas empresas que no están radicadas en Argentina, como Netflix o Uber. En cambio, firmas como Cabify, Disney+, Google, Facebook o Pedidos Ya, que sí tienen presencia fiscal en el país, estarán exentas de esta percepción. La medida fue oficializada mediante la Resolución General N° 30/2025 y forma parte de un régimen de percepción previsto por la ley Tributaria vigente.
Como novedad, los usuarios alcanzados por este recargo tendrán la posibilidad de compensar ese monto contra impuestos provinciales como el Inmobiliario o la Patente Única sobre Vehículos. Esto significa que podrán destinar el importe extra abonado a reducir el saldo de estos tributos locales.
Otra opción disponible es solicitar la devolución del importe abonado. Para hacerlo, los usuarios deberán ingresar al “Sistema de Gestión de Devoluciones” y seguir el proceso de imputación correspondiente. Con esta decisión, Santa Fe se suma a otras jurisdicciones como CABA, Córdoba y provincia de Buenos Aires, que ya aplican cargos similares desde hace tiempo. A nivel nacional, el IVA sobre estos servicios rige desde 2018.