El miércoles 29 de octubre, la jueza de Primera Instancia Griselda Strologo homologó el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la Defensa, condenando a Gerardo Acosta a 3 años de prisión por el delito de robo calificado por el uso de un arma cuya aptitud para disparar no pudo ser acreditada. Esta nueva sentencia se unifica con la condena anterior, alcanzando una pena única de 16 años y 10 meses de prisión efectiva.

Según la fiscal Melisa Serena, los hechos ocurrieron el 17 de abril de 2025, alrededor de las 15 h, en San Martín al 1900, en la ciudad de San Lorenzo. Acosta se trasladó en un vehículo Citröen C3 hasta la heladería, ingresó al local y exhibió un arma de fuego para amedrentar al empleado, obligándolo a encerrarse en el baño. Tras sustraer $40.000 en efectivo de la caja registradora y un producto de heladería, huyó del lugar en el vehículo en el que llegó.

El imputado ya contaba con antecedentes: el 1 de septiembre de 2021, el Tribunal Oral Federal Nº3 de Rosario le había impuesto una pena de 13 años y 10 meses de prisión. La unificación de las condenas refleja la acumulación de sentencias y la aplicación de la normativa vigente para delitos reiterados.

Con esta resolución, la Justicia de San Lorenzo consolida la condena efectiva contra Acosta, reforzando la sanción por delitos de robo con intimidación y asegurando la ejecución de la pena en el marco del procedimiento abreviado homologado.