El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, resolvió imponer severas restricciones a un hombre que no cumplía con el pago de la cuota alimentaria fijada para su hija. La decisión incluye la suspensión de su línea telefónica, la retención del carnet de conducir, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la prohibición de salir del país. Además, el fallo dispone su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo que acarrea consecuencias financieras y administrativas en distintos ámbitos.

La causa se originó tras la denuncia presentada por la madre de la menor, quien señaló que el padre —titular de un taller mecánico— debía abonar el 10% de la canasta de crianza del Indec correspondiente a la franja de 6 a 12 años, pero no lo hacía. En su presentación, la mujer destacó que, pese a la deuda, el hombre participa activamente en competencias automovilísticas y estaría por adquirir un nuevo vehículo de competición.

Desde la Defensoría General se remarcó que la falta de cumplimiento “compromete directamente el bienestar de la menor” y que, ante este tipo de casos, los jueces deben actuar con rapidez para garantizar el derecho a la alimentación. En ese sentido, el magistrado Escola sostuvo en su resolución que el derecho alimentario “tiene raigambre constitucional” y que el acceso a la alimentación es un derecho humano esencial que incide directamente en la vida, la salud y el desarrollo integral de los niños.

El fallo, considerado un precedente importante en el fuero de Familia de la región, marca una línea firme frente al incumplimiento de las obligaciones paternas.