A partir del primero de agosto, comenzara a regir el nuevo Código Civil y Comercial, que fue puesto en marcha por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti. Cuya idea fue, reformar el que rige actualmente en nuestro país, que es el mismo que en el siglo XIX impuso Vélez Sarsfield. (más…)
Ajustarse a los tiempos que corren
A partir del primero de agosto, comenzara a regir el nuevo Código Civil y Comercial, que fue puesto en marcha por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti. Cuya idea fue, reformar el que rige actualmente en nuestro país, que es el mismo que en el siglo XIX impuso Vélez Sarsfield. En la mañana de Fm IRE 106.1, charlamos con la Doctora María Verónica Chiasellotti, quien detalló los cambios y virtudes que tendrán repercusión a nivel social, como ?divorcio exprés?, uniones convivenciales, o pacto prenupcial. Que en definitiva son nuevas reformas y modificaciones, que servirán como herramientas, a una sociedad moderna, y que muta en cuanto a las necesidades que corren para estos tiempos. Antes de que juristas y la corte suprema tomara la decisión de avalar reformas, en el código civil y comercial, fue debatido y refutado por universidades, las cuales pulieron aun más, la idea de un cambio necesario. ?Con la puesta en práctica de este nuevo conjunto de leyes, se lograra que la justicia actué en defensa del niño, y también tomara mayor visibilidad el rol de la mujer, en cualquier relación, o cumpliendo la tarea de madre. Hecho que no se contemplaba en el código anterior?, enfatizó Chiasellotti. El mismísimo Ricardo Lorenzetti declaro su apoyo a la sanción de nuevas leyes: ?El proyecto está muy enfocado a facilitarle la vida cotidiana a las personas?. Detallando algunas de las modificaciones, nuestra entrevistada, se referencio a: ?La simplificación de los divorcios, proceso que hasta hoy lleva un promedio de tres o cuatro años, ya que no se necesita del consentimiento de ambas partes, cualquiera de las dos personas, puede presentar una demanda, acompañada de una propuesta reguladora, detallando la futura relación con ?el padre o madre de su hijo? (en caso de que así fuere), explicando como será el vinculo, cuota alimentaria, régimen de visitas?.

